El Graduado Social  en el Sistema RED; una estrategia para su futuro profesional -


(Ver e imprimir en formato LIBRO)

 

 

Antecedentes.-

 

El sistema RED (Remisión Electrónica de  Documentos) es un servicio que ofrece la Tesorería General de la Seguridad Social a empresas, agrupaciones de empresas y profesionales colegiados, cuyo objeto es permitir el intercambio de información y documentos entre las distintas entidades a través de Internet.

Este servicio abarca los siguientes ámbitos de actuación: Cotización, Afiliación y Remisión de partes de Alta y Baja de Incapacidad Temporal.

La implantación de este servicio se realizo mediante la suscrición de un convenio entre los Graduados Sociales, representados por el Consejo General de Colegios de Graduados Sociales (en adelante el CGCGS ) y la Tesorería General de la Seguridad Social (en adelante TGSS) en fecha 2 de Abril de 1998 (documento anexo nº 1) .

La base jurídica sobre la que se sostiene el funcionamiento de este servicio de la TGSS esta en la OM de 3 de abril de 1995 (documento anexo nº 2) y en la Resolución de 23-5-95, que la desarrolla (documento anexo nº 3)  que contienen las normas sobre uso de medios electrónicos, informáticos y telemáticos en relación con la inscripción de empresas, afiliación, altas y bajas de trabajadores, cotización y recaudación en el ámbito de la SS.

En fecha 15 de Diciembre del 2003 el convenio que tenia el CGCGS y la TGSS fue sustituido por un nuevo texto (documento anexo nº 4) y desde entonces la TGSS ha venido suscribiendo convenios con la finalidad de “la consolidación del  Sistema RED en todos sus ámbitos de actuación “con los representantes de otros los colectivos profesionales como los Gestores Administrativos (documento anexo nº 5) y  Administradores de Fincas (documento anexo nº 6 ).

 

Así mismo desde entonces se han otorgado autorizaciones individuales para trasmitir por el sistema RED, como profesionales, además de a los Graduados Sociales, a los Abogados, Economistas, Titulados Mercantiles, Gestores Administrativos, Agentes Tributarios, Agentes de Seguros, Administradores de Fincas, Ingenieros Técnicos Industriales, Procuradores de los Tribunales y Registradores (fuente: respuesta dada al Senador Blas Fernández en fecha 7-2-2006 documento anexo nº 7)

 

Actualmente se puede constatar que cada día  aumenta el numero de profesionales que junto a sus actividades profesionales reconocidas e intrínsecas a su titulo académico ofertan a las empresas  y les prestan servicios  de elaboración de nominas y liquidaciones de Seguros Sociales y utilizan el Sistema RED para comunicar los datos correspondientes para la afiliación, altas, bajas y variaciones de datos, así como para  presentar   de las relaciones nominales de sus trabajadores afiliados , con el objeto  de elaborar las liquidaciones de las cuotas a la Seguridad Social.

 

Estas actuaciones de otros profesionales suponen una competencia directa a las competencias profesionales de los  Graduados Sociales que han venido ofertando y prestando dichos servicios  a las empresas de forma tradicional y  son una parte importante de su  patrimonio profesional que nace de las normas legales que lo configuran.

 

 

Situación actual.-

 

Según se desprenden de los informes de datos globales dados por la administración y referidos al 31-01-2006 (documentó anexo nº 7) existían en todo el territorio nacional 20.954 profesionales autorizados a trasmitir por el Sistema Red  los cuales se repartían del siguiente modo:

 

 

Graduados Sociales………….   7.808   (37,26 %)

Abogados……………………... 6.476   (30,91 %)

Economistas………………..…   2.932   (13,99 %)

Titulados Merc. ……………….   1.259   ( 6,01 %)

Gestores Administrativos ….. .  1.887   ( 9,01 %)

Agentes Tributarios…………        355   ( 1,69 %)

Administradores Fincas U. …       188   ( 0,30 %)

Agentes Seguros……………          32   ( 0,15 %)

Ingenieros Técnicos Industri.             8    ( 0,04 %)

Procuradores………………..            6    ( 0,03 %)

Registradores……………….            3    ( 0,01 %)

 

Total……………….…………   20.954    ( 100 %)

 

 

Lo que supone que el 97,17 % de  los profesionales que están autorizados  a trasmitir por el sistema red pertenecen a cinco profesiones (Graduados Sociales , Abogados, Economistas, Titulados Mercantiles y Gestores Administrativos ) ocupando los Graduados Sociales  7.808 autorizaciones frente al resto de estos cinco que ocupan 12.554 autorizaciones.

 

Es evidente que el 62,74 % de los profesionales que están autorizados hacer trasmisiones por el sistema RED no pertenecen a la profesión de Graduado Social.

 

Esta situación de clara desventaja para los Graduados Sociales se ha intentado suavizar  diciendo que los Graduados Sociales trasmitimos mas líneas de información, (una línea de información es el dato correspondiente a una empresa o a un trabajador) lo cual no puede ser interpretado  como un dato favorable si no mas bien lo contrario. Porque si los graduados sociales trasmiten más líneas significa que los graduados sociales tienen los despachos más grades, con más clientes,  lo cual es lógico pues hasta 2003 eran los que trasmitían por el sistema Red de un modo casi exclusivo. Ahora con la presencia de otros profesionales que pueden trasmitir por el sistema Red, cuyo numero ya es superior al de Graduados Sociales, la tendencia lógica es que estos quieran traer para si a clientes que actualmente están atendidos por Graduados Sociales, pues el mercado de clientes es el mismo para todos los profesionales.

 

Es este sentido hay que decir que en el mercado teórico, numero de empresas con mas de un asalariado,  ha tenido en los últimos cuatro años tendencia a incrementarse (en  1/07/2007 había 1.630.517 empresas con asalariados frente a 1.353.221 que había al final del 2002. Fuente INE) y por lo contrario  la tendencia en el numero de autorizaciones para operar en el Sistema Red por parte de los Graduados Sociales ha ido disminuyendo hasta el 37,26 % a primeros del 2006.

 

La conclusión lógica de todos estos datos es que los Graduados Sociales en los últimos cuatro años han perdido cuota de mercado a favor de las profesiones de Abogados (que es la que más incremento ha tenido), economistas, titulados mercantiles y gestores administrativos.

 

 

Causas que originan la actual situación.-

 

 

El Sistema Red supone una importante reducción de costes a la administración de la Seguridad Social y una herramienta de gestión de la recaudación indudable. Su extensión a todo el colectivo de empresas asociadas a la Seguridad Social constituye su objetivo primordial.

 

Su objetivo básico es:

 

 

“la implantación del Sistema RED, como medio ordinario de canalización de las actuaciones relativas a la inscripción de empresas, afiliación, altas y bajas de trabajadores y variaciones de datos de unas y otros, así como de la cotización y recaudación en el ámbito de la Seguridad Social.”

 

 

Y para cumplirlo necesitaba la TGSS a los Graduados Sociales que como profesionales  tienen entre sus competencias profesiones el  asesoran y representar a las empresas españolas y especialmente, en materia de cotización a la Seguridad Social, todo ello en  base a lo dispuesto en el Decreto 350111964, de 22 de octubre, B.O.E. de 10 de noviembre de 1964 de sus propios Estatutos Profesionales y Colegiales, así como del articulo 1,b) ,de la Orden Ministerial de 28 de agosto de 1970, B.O.E. del 24 de octubre.

 

 

Por eso, para  conseguir la expansión del Sistema RED acepto la TGSS el texto del primer convenio sucrito con el CGCGS para impulsar la implantación del Sistema RED, el convenio del año 1998. (Documento anexo nº 1)

 

El eje angular de dicho convenio era la O.M. 3 de Abril de 1995 sobre uso de medios electrónicos, informáticos y telemáticos en relación con la inscripción de empresas, afiliación, altas y bajas de trabajadores, cotización y recaudación en el ámbito de la Seguridad Social. De hecho en el texto del dicho convenio se establece:

 

 

“La importancia y trascendencia de la información que se transacciona a través del Sistema RED hace indispensable que la Tesorería General de la Seguridad Social otorgue, exclusivamente a los profesionales colegiados a los que se refiere la Orden Ministerial de 3 de abril de 1995, B.O.E. del 7 de abril, la autorización al uso del Sistema, velando por el cumplimiento de las garantías a ese respecto.”

 

 

Se vincula pues  en el texto de dicho convenio la definición que da la Orden Ministerial citada, con los  profesionales que ambas partes firmantes (TGSS y CGCGS) reconocían como que podían  ser autorizadazos a trasmitir por el Sistema RED .  ¿Quienes eran esos “profesionales colegiados”  que  la TGSS reconocía  que era indispensable otorgar en exclusiva la autorización para el uso del Sistema Red. ?

 

La OM de 3 de Abril de 1995 establece:

 

“La expresada autorización podrá ser solicitada también por profesionales colegiados que en el ejercicio de su actividad profesional deba presentar o confeccionar documentación relativa a los actos a que se refiere esta Orden y que deberán ostentar la representación de las empresas o sujetos obligados en cuyo nombre actúen en los términos establecidos en la Ley.”  (Articulo 3, párrafo segundo)

 

 

Lo que supone que limita el otorgamiento de la autorización a los profesionales “que en el ejercicio de su actividad profesional deban de presentar o confeccionar documentación relativa a los actos a que se refiere”,  la propia  Orden Ministerial, estos son los  actos con relación con la inscripción de empresas, afiliación, altas y bajas de trabajadores, cotización y recaudación en el ámbito de la Seguridad Social, que son los que son objeto de transmisión por medios electrónicos.

 

Como el ejercicio de una actividad profesional viene establecido en las disposiciones legales que la constituyen, ordenan y regulan la actividad profesional de que se trate, parece evidente que solo pueden recibir la autorización para trasmitir aquellos profesionales colegiados cuyas disposiciones colegiales recojan pare ellos las actividades de confeccionar la documentación relativa a  los actos que tengan relación con la inscripción de empresas, afiliación, altas y bajas de trabajadores, cotización y recaudación en el ámbito de la Seguridad Social.

 

 

El texto del convenio firmado en el 1998 dice de modo implícito que tales profesionales son los Graduados Sociales cuando se incluye  la siguiente redacción en la parte expositiva:

 

 

“La importancia y trascendencia de la información que se transacciona a través del Sistema RED hace indispensable que la Tesorería General de la Seguridad Social otorgue, exclusivamente a los profesionales colegiados a los que se refiere la Orden Ministerial de 3 de abril de 1995, B.O.E. del 7 de abril, la autorización al uso del Sistema, velando por el cumplimiento de las garantías a ese respecto.

 

De otro lado, los Graduados Sociales Colegiados como ejercientes libres de su profesión, en número aproximado a los nueve mil en toda España, asesoran y representan a la mayoría de pequeñas y medianas empresas españolas y, muy  especialmente, en materia de cotización a la Seguridad Social, en base a lo dispuesto en el Decreto 350111964, de 22 de octubre, B.O.E. de 10 de noviembre de 1964 de sus propios Estatutos Profesionales los Colegiales, así como del articulo 1 b) ,de la Orden Ministerial de 28 de agosto de 1970, B.O.E. del 24 de octubre, por lo que el Consejo General de Colegios Oficiales de Graduados Sociales de España expresa su interés, como colaborador necesario de la Administración de la Seguridad Social, en la implantación del Sistema RED entre los profesionales adscritos a los distintos Colegios Oficiales de Graduados Sociales, manifestando, al mismo tiempo su propósito de emprender las acciones que sus Órganos de Gobierno consideren idóneas para lograr este objetivo.”

 

 

Por lo tanto sin expresarlo de forma directa el convenio de 1998 si reconoce la condición de los Graduados Sociales como los profesionales que en base a sus estatutos (que son los que determinan el ejercicio de su actividad profesional) que actúan asesorando y representando a las empresas, “muy  especialmente, en materia de cotización a la Seguridad Socialy por lo tanto serian los destinatarios en de las autorizaciones para operar con el Sistema RED.

 

Este reconocimiento por parte de la TGSS, obtenido en un momento en que la misma estaba necesitaba desarrollar sus métodos de transmisión de forma generalizada y masiva, sin duda pesaba sobre los responsables del desarrollo del sistema. Y así se expreso en sus reuniones internas de trabajo casi desde el principio del desarrollo del sistema, si bien el protocolo de transmisión (la plataforma X-400) hacia que se necesitara en los operadores con el sistema un nivel de formación medio alto, algo que requería una acción formativa previa que la TGSS no podía dar de modo universal. Con la llegada de Internet esta necesidad desapareció  y con la Resolución de 8 de abril de 2003, de la Dirección General de la Tesorería General de la Seguridad Social, se da el cierre al dicho protocolo de transmisión  implantadote  de forma generalizada Internet.

 

Con la implantación de Internet en el Sistema RED  la TGSS ya no se necesita que los operadores del sistema tengan una habilidad  alta, ni que sean por ello formado previamente,  pues los métodos se simplifican a niveles de usuario básico de Internet  La TGSS ya no necesita a los Graduados Sociales para extender el sistema y por eso plantea la redacción de un nuevo convenio, pues necesita liberarse de sus compromisos con esta  profesión para “abrir “el sistema a todo el mundo.

 

 

 

El convenio del año 2003 : un cambio fundamental.-

 

 

El  nuevo convenio (documento anexo nº 4), que a todas luces era innecesario para los Graduados Sociales al existir una cláusula de renovación automática en el convenio del año 1998,  se firmo el 15 de Diciembre del 2003, y en el mismo se introduce, en su redacción, un elemento distinto y trasformador de la posición de reconocimiento, como colaboradores necesarios de la Seguridad Social,  que tenia la TGSS hacia los Graduados Sociales.

 

Tal cambio se refleja de un modo patente en la redacción del punto e) de la cláusula primera, que dice:

 

 

La TGSS a partir de la firma del presente convenio, velará porque actuaciones que se lleven a cabo a través del Sistema RED, sean realizadas exclusivamente por profesionales colegiados, y que en el ejercicio de su actividad legalmente reconocida, estén: debidamente autorizados para ello. así como por las empresas interesadas en dicha gestión.

 

La TGSS se compromete a divulgar entre las empresas la conveniencia de que las actuaciones que se lleven a cabo a través del Sistema RED sean realizadas por, profesionales colegiados o por las propias empresas". (El subrayado es nuestro)

 

 

El compromiso que adquiere la TGSS con esta nueva redacción es lo suficientemente explicito y se entiende bien, ella no se compromete a nada mas que a velar o vigilar que las actuaciones (no dice que las autorizaciones que ella  otorguen) sean realizadas por profesionales colegiados que en el ejercicio de su actividad estén debidamente autorizados. (No dice que en el ejercicio de su actividad profesional deba presentar o confeccionar documentación relativa a los actos a que se refiere esta Orden 3 de Abril de 1995 y no dice que estén facultados, esto es que tengan el  derecho de hacerlo)

 

Y por el contrario con esa redacción los Graduados Sociales admiten de forma explicita que puede haber otros profesionales que lleven a cabo actuaciones por medio del Sistema RED si están  autorizados para ello (el termino “autorizado” significa : Que posee permiso o consentimiento para hacer una determinada acción ) por lo tanto basta que tenga una autorización administrativa de la empresa o sujeto obligado a la presentación de los documentos,  tal como se establece en el articulo 32 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.  En este sentido es importante ver el convenio que los Gestores Administrativos firmaron  con la TGSS y comprobar que esta redacción no existe, precisamente porque su Consejo General se negó a firmar tal texto. (Documento anexo nº 5)

 

Así que para la TGSS los Graduados Sociales dejan de ser los colaborares necesariosde la Administración de la Seguridad Social”, que actúan asesorando y representando a las empresas, “muy  especialmente, en materia de cotización a la Seguridad Social “, que decía el convenio del año 1998, para pasar a ser uno  de los colectivos de  profesionales colegiados que en el ejercicio sus actividades pueden estár autorizados para  realizar actuaciones por medio del Sistema RED.

 

 

Resulta realmente sorprende que un texto tal trascendencia como un convenio con la TGSS no hubiera sido objeto de un informe previo por parte de la Asesoria Jurídica del CGCGS y que además haya  sido calificado en el día de su aprobación por parte del  Presidente del CGCGS, en la reunión del pleno del consejo (como es de ver en el acta de la reunión del pleno, documento anexo nº 08)  como:

 

“un acuerdo muy novedoso que recoge la esencia de nuestras reivindicaciones como era el intrusismo profesional”

 

Cuatro años después de esa firma estamos en posición de poder afirmar que tal convenio no era  novedoso y si supuso  un retraso en nuestra posición frente a la TGSS,  sobre todo la redacción del texto del mismo es que ha permitido el avancen tan significativo en el numero de autorizados a trasmitir por el Sistema RED  que no son Graduados Sociales.

 

 

 

Sobre el nuevo el trato que a los Graduados Sociales la TGSS .-

 

 

El nuevo tratamiento que la TGSS da a los Graduados Sociales  , como consecuencia sin duda  del  convenio del 2003, quedo patente en la respuesta parlamentaria que se dio  al Senador José Blas Fernández en fecha 26 de Octubre del 2005  (documento anexo nº 9) en donde se dice:

 

“ASUNTO: Sobre si el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales reconoce como únicos profesionales facultados para la confección de las liquidaciones la Seguridad Social al colectivo de Graduados Sociales colegiados

 

RESPUESTA: En relación con la información solicitada por Su Señoría se señala que, por Resolución de 5 de octubre de 1,992 de la entonces Dirección General de Ordenación  Jurídica y Entidades Colaboradoras de la Seguridad social, se fijó el correspondiente criterio al respecto, constituyendo éste una declaración de principios de la postura mantenida hasta la fecha sobre la presente materia por la Administración de la Seguridad Social y en consecuencia por el Ministerio de Trabajo y Asuntos  Sociales al establece que "La relaciono jurídica existente entre los sujetos responsable del pago de las cotizaciones sociales y la Administración de la Seguridad Social es una relación directa; la intervención de personas ajenas a esa relación es una cuestión que depende exclusivamente de la voluntad del sujeto obligado (y que obviamente no puede imponer la Administración de la Seguridad Social), el cual podrá encomendar la gestión, tramite,  formalización, etc. al profesional que estime oportuno, de tal manera que las controversias que se generen en torno a esa decisión del particular (entre ellas, la relativa a un supuesto intrusismo profesional), es claro que deberán resolverse en el cauce jurisdiccional oportuno”.

 

A la vista de la citada Resolución el ámbito en el que los colegios profesionales deben dirimir sus diferencias competencíales,  así como cuántas cuestionéis se refieran al intrusismo profesional, es completamente ajeno al Ordenamiento Jurídico de la Seguridad Social y por ende al marco competencial de sus Instituciones (Entidades Gestoras y Servicios Comunes), estimándose qué no procede comprometerla neutral posición que debe adoptar la Administración de la Seguridad Social, en orden al contenido de las funciones de los colegios profesionales.“ (El subrayado es nuestro)

 

 

 

La Seguridad Social, esto es los funcionarios de la  TGSS, se olvidan que son administración pública y por lo tanto como tal “sirve con objetividad los intereses generales “ y deben actuar “con sometimiento pleno a la ley y al Derecho” , y omiten que ellos deben de garantizar el cumplimiento de las normas legales que en este caso señalan, en el articulo 3 de la OM de 3 de abril de 1995,que establece:

 

 

“La utilización de los medios electrónicos, informáticos y telemáticos, en las actuaciones y en los términos a que se refiere la presente Orden podrá ser autorizada por la Tesorería General de la Seguridad Social, a las empresas, agrupaciones de empresas y demás sujetos obligados en relación con dichas actuaciones.

 

La expresada autorización podrá ser solicitada también por profesionales colegiados que en el ejercicio de su actividad profesional deba presentar o confeccionar documentación relativa a los actos a que se refiere esta Orden y que deberán ostentar la representación de las empresas o sujetos obligados en cuyo nombre actúen en los términos establecidos en la Ley.

 

Dicha autorización, así corno la aceptación de las condiciones de la misma por parte de quienes la hubiera solicitado, se formalizará en un documento que la Tesorería General de la Seguridad Social facilitará a los interesados. los cuales podrán interponer los recursos previstos en la legislación vigente si les fuere denegada su solicitud de autorización.

 

La autorización concedida quedará sin efecto en caso de incumplimiento de cualquiera de las condiciones fijadas en la resolución que la concediere, previo expediente incoado al efecto por' la Tesorería General de la Seguridad Social

 

 

Lo que supone que como tal, la TGSS debe de dictar una resolución administrativa, esto es un acto administrativo que “se ajustará a lo dispuesto por el ordenamiento jurídico y será determinado y adecuado a los fines de aquéllos” (articulo 53.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común) aprobando  o denegando la solicitud de autorización. Por lo tanto en su actuación administrativa, ajustándose al procedimiento establecido,  la TGSS debe de comprobar, de verificar, que el ciudadano o administrado reúne los requisitos legales para que se le conceda lo que pide.

 

La administración pública no puede, por su propia naturaleza,  ser neutral como pretende la TGSS en su respuesta al Senador Blas Fernández que antes comentamos.

 

Aceptar la tesis esgrimida por TGSS en su respuesta parlamentaria es aceptar que cualquier profesional colegiado, un Veterinario, un Arquitecto o un  Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, puede solicitar como profesional, si dice que tiene la representación un sujeto obligado, una autorización que le permite  trasmitir por medio del Sistema Red, en nombre de cualquier otro de los sujetos responsable del pago de las cotizaciones sociales cualquiera de las  actuaciones relativas a la inscripción de empresas, afiliación, altas v balas de trabajadores v variaciones de datos de unas y otros, así como a la .cotización y recaudación en el ámbito de la Seguridad Social,

 

La TGSS esta obligada a verificar que el profesional solicitante de la autorización, actúa en el ejercicio de su actividad profesional en la cual  deba presentar o confeccionar documentación relativa a los actos a que se refiere la Orden 3 de Abril de 1995, ya citada, porque la dicha Orden así lo establece.

 

El inconveniente es que a la hora de exigir de la TGSS que cumpla con  tal obligación, la profesión de Graduado Social se encuentra atada o condicionada por que existe un Convenio, que no deja de ser un contrato, en el cual la institución  colegial  máxima, el CGCGS,  reconoce de forma implícita la existencia de otros profesionales, de los cuales solo se exige que sean colegiados, y tenga una autorización del sujeto obligado para que puedan hacer las  actuaciones relativas a la inscripción de empresas, afiliación, altas v balas de trabajadores v variaciones de datos de unas y otros, así como a la .cotización y recaudación en el ámbito de la Seguridad Social,

 

 

La Opinión General.-

 

Existe un descontento generalizado entre los miembros de la profesión de Graduado Social sobre la actual situación y en algún momento ha habido alguna manifestación por parte de alguno de los miembros del pleno del CGCGS sobre lo negativo que era para la profesión el convenio suscrito en el año 2003 .

 

Así en la reunión celebrada en fecha 16 de Enero del 2006 en el pleno del CGCGS (documento anexo nº 10) se pudo oír decir su opinión contra el dicho convenio a varios presidentes de colegios y de la propia acta de la reunión se puede saber que dijeron:

 

 

El  presidente de  Castellón:

 

“expresando su opinión sobre la conveniencia de denunciar los convenios firmados

por Tesorería con gestores administrativos, administradores de fincas, etc., de tal

forma que se vea si es válida la reserva de ley, por lo que se debería hablar con

nuestros abogados para ver si ellos ven posibilidades.”

 

El  presidente Cádiz:

 

“Otra medida sería denunciar el Convenio que tenemos firmado”

 

El presiden Granada:

 

“terminando el Presidente de Granada exponiendo que él es partícipe de denunciar el

Convenio existente antes de iniciar una nueva negociación.”

 

El  presidente Baleares:

 

“no tiene sentido mantener el convenio actual.”

 

El  presidente Pontevedra:

 

"Entienden que sí se debería denunciar el convenio existente con Tesorería."

 

El  presidente Sevilla:

 

“Se debería empezar por denunciar el convenio para negociar a posteriori.”

 

El  presidente Tarragona:

 

“primero se debe denunciar el Convenio “

 

El  presidente Valencia:

 

“la negociación debe ir acompañada por una denuncia del Convenio suscrito”

 

El  presidente Valladolid:

 

“También debe denunciarse el Convenio cuanto antes”

 

 

Es pues una opinión generalizada entre los presidentes de los colegios de Graduados sociales y entre los  profesionales Graduados Sociales el que el convenio del año 2003 ha sido nefasto para los intereses de los Graduados Sociales y que el trato que se recibe de la TGSS es contrario a nuestros intereses. Algo que ha llevado al Presidente del colegio de Valladolid a solicitar por escrito (documento anexo 11) en fecha 13 de Abril del 2007 una votación del pleno para deliberar y decidir sobre la denuncia el dicho convenio, pues desde su punto de vista, cito textual:

 

 

“La implantación paulatina del llamado Sistema RED DIRECTO, que hace innecesario la existencia de una autorización previa para transmitir los datos de afiliación y cotización por parte de las empresas de menos de 15 trabajadores, que son las que conforman aproximadamente el 90 por ciento de los clientes de nuestros despacho profesionales y la última Orden TAS 763/2007, de 23 de marzo, por la cual se nos quitan las ultimas competencias profesionales que teníamos en exclusiva, la habilitación; son evidencias de que no se esta cumpliendo por parte de la Tesorería General de la Seguridad Social la debida reciprocidad que se nos debe como consecuencia de lo establecido en el convenio de colaboración que en su día fue firmado con misma.

 

Por lo tanto y en su consecuencia procede que por el Consejo General se delibere y decida sobre si es conveniente a nuestros intereses profesionales continuar con dicho convenio de colaboración, con la Tesorería General de la Seguridad Social sobre el Sistema Red, algo que ya ha sido planteado por algunos de los colegios, tal como consta en el acta de la reunión 16 de Enero del 2006.

 

 

Y algún presidente, como el de Cádiz, no ha dudado en ir más allá y al tiempo que denunciaba el trato de la TGSS hacia los Graduados Sociales, y aprovechando su condición de Senador y miembro de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social del Senado (Sesión del jueves, 8 de junio de 2006, documento anexo 12)  ha dicho :

 

“Y aunque se ha hablado de ello poco en la comparecencia, hay un aspecto que me preocupa: la gestión del graduado social está padeciendo con el sistema RED una situación no voy a decir de ataque de otras profesiones, sino más bien de un campo abierto a otras profesiones, porque la Tesorería, al no querer contemplar nuestra exclusividad en esa materia, ha dejado la puerta abierta. En las respuestas parlamentarias me vienen a decir que esto es lo que hay en la forma de actuar y que lo que sí es preocupante es la manera en que están acudiendo otras profesiones, que además nunca tuvieron en su haber la gestión o la tramitación del sistema RED y que sin embargo ahora sí lo están haciendo. Deberíamos tomar una iniciativa en esta cuestión para que la propia Tesorería -con su deseo de que estuvieran ahí otras profesiones por captar, tengo que decirlo así, clientela para su propia Dirección General de Tesorería- se olvide de las liquidaciones, respecto a las que yo sigo manteniendo que tenemos competencias en exclusiva con todos los pormenores que conllevan -y todos conocemos cómo se puede acudir al sistema de la Seguridad Social

 

 

Pero por el contrario a todas estas manifestaciones de descontento, a todos los datos sobre el número de autorizaciones dadas por la TGSS a otros profesionales  no Graduados Sociales y en contra de una palpable y evidente realidad, también se han oído opiniones conformes a lo que esta pasando y sin ir mas lejos tenemos un ejemplo de estas opiniones en lo manifestado por el presidente del CGGS, en contestación a lo antes dicho por el presidente del Colegio de Graduados Sociales de Cádiz y Senador en la dicha sesión de la comisión de Trabajo y de Seguridad Social antes citada, en la que el presidente de CGCGS llego a decir  :

 

 

“En lo que se refiere al sistema Red no puedo estar de acuerdo. No voy a entretener a sus señorías con una discusión que se puede mantener fuera de aquí, tomando un café. El senador Fernández Sánchez sabe que, siendo él presidente del Consejo General, los colegios de Córdoba, Sevilla y Tarragona interpusieron una demanda contra la implantación del sistema Red, tratando de recuperar la exclusividad, y el Tribunal Supremo la desestimó. ¿Por qué dice su señoría que cree en la exclusividad? ¿En la exclusividad utópica? Yo también. ¿En la exclusividad ideal? Yo también. ¿En la exclusividad que tendríamos que tener? Yo también creo en eso, desde luego que sí. Si alguien tendría que tener competencia exclusiva sobre la confección de nóminas y seguros sociales en el sistema Red, es el grupo de graduados sociales. Pero jurídicamente es imposible porque ya hay una sentencia del Tribunal Supremo, y no podemos ir en contra del Tribunal Supremo.

 

Por otra parte, su señoría entenderá con acierto que es muy difícil obtener hoy la exclusividad, como idealmente pretendemos, a menos que la ley la conceda. De todos modos, el sistema Red ha sido muy positivo para los graduados sociales, y sigue siéndolo. Significa agilidad para nuestros despachos, volumen de negocio y atención al ciudadano. Además, significa algo muy especial: gracias al sistema Red, las transmisiones se hacen con rapidez y eficacia, y resulta imposible el fraude en la cotización. Hacer los seguros sociales a mano daba lugar a que algún intruso pudiera cometer fraude en la cotización. De este modo, es muy difícil.

 

¿Qué ocurre, no obstante? Pues que no todos los graduados sociales utilizan el sistema Red, porque no todos se dedican a la gestión. Muchos viven de la cuestión procesal, y no acceden para nada al sistema Red. La incorporación de los graduados sociales al sistema Red es paulatina, a medida que se incorporan nuevos colegiados. Eso sí, tenemos nuestro espacio. ¿Cuál es? Es un espacio muy amplio, y no disminuye; lo que ocurre es que el de otros grupos profesionales aumenta gracias a su incorporación al sistema Red. ¿A qué tonto le amarga un dulce? Un economista o un licenciado en derecho que tenga una gestoría en su despacho y pueda hacer los seguros sociales utilizarán el sistema Red, naturalmente. Para hacerlo, solo se necesita un ordenador. Así, hay otros grupos que se van incorporando a algo que se creó prácticamente para nosotros. De todos modos, querido compañero, señoría, la exclusividad es algo que debemos replantearnos, porque puede dar lugar a problemas. “

 

La rotundidad y énfasis que da a sus palabras la persona que fue elegida para que defendiera  los intereses profesionales de los Graduados Sociales hablan por si solas, y de las mismas solo podemos sacar una conclusión: Trata de ocultar la realidad de lo que esta ocurriendo, sin duda porque es conciente de que  su determinación, en su día,  a favor de  la firma del nuevo texto del convenio con la TGSS es la causa de lo que esta ocurriendo.

 

Hemos hecho el  texto del  discurso  del Presidente del CGCGS  dos subrayados en negrita, porque creemos, para evitar confusiones, que esa parte del discurso se debe de apostillar para aclararlo en el siguiente sentido:

 

Cuando el Presidente del CGCGS  dice:

 

“los colegios de Córdoba, Sevilla y Tarragona interpusieron una demanda contra la implantación del sistema Red, tratando de recuperar la exclusividad, y el Tribunal Supremo la desestimó.”

 

Pues hay que apostillarle que eso que dice no es cierto porque que tales demandas, fueron dos,   no fueron puestas contra la implantación del sistema RED y tratando de recuperar la exclusividad, como el dice y como puede comprobarse leyendo el texto de las dichas  sentencias del Tribunal Supremo (documentos anexo 13 y 14 ) , pues si bien es cierto que en cada una de ellas hay un cita a la exclusividad, esta es una cita tangencial y a modo de comentario, que no crea jurisprudencia y mucho menos cuando el fondo del asunto no trataba de dicho tema. Por lo tanto el presidente del CGGS esta faltando a la verdad cuando hace esa afirmación con esa rotundidad como si de jurisprudencia consolidada se tratara , así pues  su  interpretación de las  dos sentencia  es sin duda interesada.

 

Cuando dice:

 

“La incorporación de los graduados sociales al sistema Red es paulatina, a medida que se incorporan nuevos colegiados. Eso sí, tenemos nuestro espacio. ¿Cuál es? Es un espacio muy amplio, y no disminuye; lo que ocurre es que el de otros grupos profesionales aumenta gracias a su incorporación al sistema Red.”

 

 

Pues aquí hay que apostillarle que se ha de  tener en cuanta que la progresión en el  aumento de numero de autorizaciones para trasmitir por el Sistema RED por parte de otras profesiones no es similar, ni numérico ni en la misma proporción, como queda demostrado en la tabla elaborada que adjuntamos como documento 15  de este trabajo y que mas adelante comentaremos, es evidente que los únicos profesionales que han crecido mas que los Graduados Sociales son los Abogados, por lo tanto se puede deducir que estos están incidiendo de modo directo sobre el  mercado de trabajo del Graduado Social.

 

Podemos concluir que la opinión general es, salvo la del presidente del CGCGS y firmante del Convenio del año 2003, que los Graduados Sociales están descontentos con la actual situación y del trato que reciben de la TGSS y quieren esta situación  cambie para mejor.

 

 

Perspectivas sobre el futuro.-

 

A la vista de la actual situación, y la tendencia observada, que dejo expuesta en la tabla comparativa adjunta como documento nº 15 , se puede observar un notable incremento del numero de concesiones para trasmitir por el sistema Red concedidas a la profesión de abogado, (en 18 meses han producido un aumento en 1.289 el numero de autorizaciones dadas a profesionales de las cuales 182 corresponden a Graduados Sociales y 597 corresponde a Abogados , esto es han crecido los Abogados un 328 por ciento mas que los Graduados Sociales) , lo que unido a la observación directa que se puede hacer en cualquier gran ciudad como Madrid, Barcelona, Valencia o Sevilla, en donde  el numero de despachos de abogados que ofertan, en algunos casos sin disimulo, la elaboración de nominas y seguros sociales , es evidente que la  profesión de Abogado  esta invadiendo el mercado natural de la profesión de Graduado Social. Comparativamente al resto de los profesionales que trasmite por el sistema RED su aumento resulta espectacular, sobre todo si lo comparamos a profesiones “tradicionalmente” competidoras con la profesión de Graduado Social como los Gestores, que solo incrementaron en el mismo periodo  en 9 autorizaciones.

 

Esta invasión sin duda tiene su origen en  una proliferación del número de Abogados que salen de las facultades de derecho, (es un dato objetivo que en los últimos cinco años ha sido las que mas alumnos han tenido) lo que ha hecho a su institución colegial propiciase un cambio trascendental en su configuración profesional mediante la Ley  34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador, que supondrá limitar el ejercicio de la profesión de abogado en los Tribunales de Justicia, pero que crea un nuevo tipo de licenciado o Graduado en derecho que en el anteproyecto del consejo de la Abogacía se llaman “consultores legales” y que podrán estar colegiados. (Con lo que reúnen ese requisito mínimo que la TGSS exige para dar las concesiones para trasmitir por el sistema RED) y para los cuales será una salida profesional natural el ofertar la confección de nominas y seguros sociales, tal como ya denuncio  en su momento la Asociación Nacional de Graduados Sociales en su pagina Web (verlo en  http://www.elgraduadosocial.com/abogados.htm )

 

De no hacer nada  la evolución de la actual situación de la profesional Graduado Social será  la de pasar de ser el primero de los profesionales que trasmiten  por el sistema RED a ser el  segundo o el tercero con respecto al resto de los profesionales que actúen en dicho sistema y que tendrá que enfrentarse a la competencia directa en el mercado de servicios con los abogados que como parte de sus servicios profesionales ofertaran de un modo natural lo que hasta ahora eran actividades principales de los Graduados Sociales, esto es la elaboración de nominas y liquidaciones de Seguros Sociales. Además en un mercado de libre competencia al tener los despachos de abogados otras actividades que les aportan ingresos para cubrir  sus gastos generales podrán ofertar sus servicios de elaboración de nominas y seguros sociales a un precio inferior que los despachos de Graduados Sociales.

 

Es de prever que el numero de Graduados Sociales ejercientes libres descienda en los próximos años como consecuencia de la competencia directa de otros profesionales, sobretodo de los abogados, y que los que continúen tenga que simultanear el ejercicio de sus profesión con otras actividades de servicios como seguros en general, compraventas o alquiles de pisos,  contabilidades, etc. etc.

 

La presencia de los Graduados Sociales en el sistema RED de continuar la tendencia señalada en la tabla que adjuntamos como documento anexo 15, se reducirá a un porcentaje entre el 23 al 25  por ciento al final del próximo año.

 

 

 

 

La estrategia para cambiar el futuro.-

 

Una  estrategia no es otra cosa que el conjunto de actividades planificadas destinadas a conseguir unos objetivos.

 

Por lo tanto partiendo del anterior planteamiento y considerando las disposiciones legales, las  situaciones jurídicas  y los medios a nuestra disposición, hemos elaborado, confeccionada desde una perspectiva realista, la siguiente estrategia, que puede resultar en algún caso, con acciones duras, pero que esta en equilibro con las metas que necesariamente se han de alcanzar si se quiere cambiar el futuro.

 

Nuestro planteamiento estratégico es el siguiente:

 

 

Los objetivos:

 

Establecer como objetivo el que la TGSS  reconozca como la única profesión que puede trasmitir por el sistema RED a los Graduados Sociales seria un enorme error, pues si bien esa seria  una situación deseable, también lo es que actualmente existe un importante numero de empresas que utilizan los servicios de otras personas profesionales colegiados o no  para trasmitir sus datos por el Sistema RED. Y el fin de la TGSS es buscar que todo el colectivo de empresas existentes trasmita de forma electrónica sus datos y en tal sentido esta su ultimo proyecto, el red directo.

 

El objetivo del colectivo de Graduados Sociales, objetivo a corto plazo, debe de ser el recuperar el papel de colaborador necesario de la Seguridad Social que tenía en el convenio suscrito con la TGSS en el año 1998 y que se pierde, de modo inexplicable, en el convenio del año 2003.

 

El objetivo permanente  del colectivo de Graduados Sociales debe ser limitar al máximo el número de individuos que trasmitan por el sistema RED  que no tengan la condición de Graduado Social.

 

Por lo tanto  objetivo inmediato del colectivo de Graduados Sociales es que la TGSS  reconozca de modo explicito que por el sistema RED solo pueden trasmitir los profesionales colegiados que en el ejercicio de su actividad profesional deba presentar o confeccionar documentación relativa a los actos de inscripción de empresas, afiliación, altas y bajas de trabajadores y variaciones de datos de unas y otros, así como de la cotización y recaudación en el ámbito de la Seguridad Social.

 

 

 

Actividades a realizar para la lograr los objetivos:

 

 

1.- Denunciar el convenio suscrito con la TGSS .-

 

Se hace imprescindible la denuncia del convenio con la TGSS, por dos motivos básicos: el primero porque el mismo supone un reconocimiento implícito de que puede haber otros profesionales que trasmitan por el sistema RED con la simple autorización de los sujetos obligados  y el segundo por que será un toque de atención para la TGSS, una forma de decirle “no estamos de acuerdo con el trato que nos das”.

 

Por si alguien lo dudase es importante decir que tal denuncia no tiene trascendencia sobre las autorizaciones que actualmente tiene los Graduados Sociales para transmitir por el Sistema RED (como reconoce el informe Jurídico elaborado por la asesoría jurídica del consejo documento anexo 16)   pues estas viene derivadas de actos administrativos individualizados y la existencia o no de un convenio con la TGSS no afecta a las mismas, en tal sentido recodaremos que los Abogados no tienen firmado ningún convenio con la TGSS.

 

Por lo tanto ninguna trascendencia negativa tiene para los Graduados Sociales el que se denuncie el convenio existente con la TGSS y muchas positivas como hemos visto.

 

 

2.- Cortar todo tipo de colaboración con la TGSS y con el  Ministerio de Trabajo.-

 

El dejar de colaborar con la TGSS y el Ministerio de Trabajo y sus actividades debe ser una mediada global y afectar a todos los colegios de España y a todas las actividades, esto es : presentaciones, conferencias, actos públicos, comisiones de trabajo  etc. etc.

 

Y eso supone  no ceder los locales de nuestros colegios, no invitarlos a conferencias, cursos, ni a ningún acto colegial, ni asistir a los actos que ellos realicen.

 

 

3.-  Establecer una actitud publica de crítica permanente a las actividades de la TGSS y del Ministerio de Trabajo.

 

 

Como complemento imprescindible a las dos medidas anteriores y a todos los niveles, nacional y local, desde el consejo y desde los colegios hay que realizar una critica constante a todo tipo de medidas o actos que se realicen desde la TGSS o del Ministerio de Trabajo, y esto implica:

 

En los cambios legislativos: Criticas de aspectos técnicos de las dichos cambios resaltando los aspectos mas negativos hacia los colectivos bien de trabajadores, empresarios o beneficiarios de la Seguridad Social.

 

Las  declaraciones públicas de los miembros de la TGSS, del Ministerio o campañas de prensa que ellos organicen se deben de apostillar de modo inmediato resaltando igualmente los aspectos técnicos negativos de las mismas y los posibles perjuicios que causara algún colectivo de ciudadanos.

 

Y como actividad especifica se debe de realizar una campaña de publicidad contra los aspectos negativos del Sistema RED, tales como que permite a cualquiera no cualificado trasmitir datos que son relevante para la personas afiliadas a la Seguridad Social, posibles fugas de información, falta de cláusulas de confidencialidad  en los tramitadores de la información, que no están obligados por carecer de la condición de profesional colegiados; falta de pericia en los miembros de otras carreras profesionales  para el tratamiento de los datos; y cualquier aspecto mas que se pueda encontrar y que seguro existe. Todo ello siempre en defensa de los derechos de los ciudadanos, de los consumidores, de los afiliados, de los sujetos obligados a pagar.

 

4.- Realizar acciones legales para suprimir el número de personas que trasmiten por el sistema RED que no son Graduados Sociales.

 

Partiendo de que existe una vía legal para revisar de modo individual las concesiones para trasmitir por el sistema RED dadas por la TGSS y examinar si reúnen las condiciones establecidas en la normativa legal. Vía legal que no vamos a describir en este momento por razones obvias pero que existe y hemos estudiado con detalle su viabilidad.

 

Se podría iniciar previo intento en vía administrativa la revisión de todas aquellas autorizaciones concedidas a los profesionales colegiados, empezando por el colectivo de los abogados (por ser la profesión que en su cometido profesional no tiene ninguna tarea que les habilite como, parte de su actividad profesional, para  presentar o confeccionar documentación relativa a los actuaciones que se trasmiten por el sistema RED ) consiguiendo con ello un doble efecto: primero frenar su avancen evidenciado de estos profesionales el numero de autorizaciones para trasmitir por el Sistema RED (según los datos parciales de que ya disponemos actualmente son tantos como los Graduados Sociales)  y segundo crear entre sus actuales clientes  dudas sobre la capacidad de estos para realizar las acciones que les tienen encomendadas. (En un eventual proceso judicial contencioso administrativo, la TGSS debe de informar de quienes son los sujetos obligados por quien trasmite el profesional objeto del pleito y  se les puede citar a declarar sobre las tareas que estos les encomiendan y los horarios que les cobran, etc. etc.)

 

Esta medida se puede realizar en todos los ámbitos de los colegios pero centralizada, se debe de dedicar a un equipo de personas para esta única  labor, y contratar un abogado especifico que lleve los pleitos para toda España (de este modo  únicamente hay que usar un procurador de los tribunales, por cada sede judicial y a  un solo letrado para todos los pleitos) . Los costes de esta medida serán bajos (sueldo del abogado, los administrativos y los honorarios de los procuradores) y se pueden sufragar  de modo que cada colegio pague los correspondientes a su ámbito territorial.

 

La idea es que la TGSS ceda a revisar las autorizaciones que tiene concedidas y solo permita las que correspondan a los profesionales colegiados que en el ejercicio de su actividad profesional deba presentar o confeccionar documentación relativa a los actos de inscripción de empresas, afiliación, altas y bajas de trabajadores y variaciones de datos de unas y otros, así como de la cotización y recaudación en el ámbito de la Seguridad Social, y si no lo hace al primer requerimiento, en vía judicial hay que crearle  el máximo de frentes judiciales posible.

 

 

 

 

Expectativas de conseguir el objetivo.-

 

 

Seria un éxito, esto es un  resultado feliz, si logramos coordinar y poner de acuerdo en que la estrategia expuesta es la que debe de seguirse a una  mayoría,  un 51 %  de los representantes de la profesión.

 

Siendo cierto que los  enemigos naturales que tienen los Graduados Sociales en  la metas descritas  son fuertes, como es el caso de  la TGSS,  o están necesitado económicamente de las autorizaciones de transmisión por RED para poder vender sus servicios junto con los que son del patrimonio de la  profesión  de los  Graduados Sociales, hemos de decir que el mayor enemigo de los Graduados Sociales es su  propia institucional colegial, que hace que exista un divorcio permanente dentro del colectivo de Graduados Sociales, donde existen banderías  o grupos que defienden una determinadas políticas de gobierno, la mayoría de ellas de origen personal y  con intereses contrapuestos con el interés común del colectivo. 

 

Por lo tanto conseguir una mayoría suficiente que apoye la estrategia expuesta  y que este dispuesta a seguirla de una forma organizada será lo que marque el éxito o fracaso de la misma a nivel nacional, aunque  que también pensamos que  la propuesta que hacemos también se podría  realizar de un modo parcial  dentro del ámbito geográfico o demarcación de ciertos colegios y al margen de la organización colegial nacional.

 

Estamos convencidos que la estrategia expuesta tal como esta pautada conseguirá los objetivos propuesto de una forma relativamente rápida , porque que si bien es cierto que los  contrarios en esta “guerra in cruenta” no van acceder ni a retroceder, al primer envite, sobretodo porque llevan cinco años sin tener la menor oposición por parte de la institución colegial, también lo es que en cuanto se comience ha realizar las  acciones legales individuales para suprimir  a las personas que en el ejercicio de su actividad profesional trasmiten por el sistema RED sin que en dicha actividad profesional deba presentar o confeccionar documentación relativa a los actos  de la cotización y recaudación en el ámbito de la Seguridad Socia en una clara usurpación de las  competencias profesionales los  Graduados Sociales (algo que es muy evidente en el caso de los Abogados) ,  se van a ver los primeros y significados resultados.

 

Es de prever, que como consecuencia de una la campaña de crítica permanente a las actividades de la TGSS y del Ministerio de Trabajo,  que será mas efectiva  según nos acercamos a las elecciones generales, se va a conseguir volver a renegociar un convenio mas ventajoso con la TGSS y en donde necesariamente esta  reconozca, algo que no ocurre en el actual,  de forma explicita que  solo pueden trasmitir por el sistema RED los profesionales colegiados que en el ejercicio de su actividad profesional deba presentar o confeccionar documentación relativa a los actos de inscripción de empresas, afiliación, altas y bajas de trabajadores y variaciones de datos de unas y otros, así como de la cotización y recaudación en el ámbito de la Seguridad Social. Ahora bien no hay que olvidar que a lo que se va negar la TGSS “en redondo” es  a revisar las autorizaciones ya dadas, por aquello de que existen derechos consolidados según argumentara y que no es cierto tal como se desprende el artículo 3 de la mentada Orden 3 de Abril de 1995.

 

Para conseguir la “expulsión"  del  ámbito de competencias los  Graduados Sociales de los otros ,profesionales colegiados o no, que actualmente transmiten por el sistema RED,  lo que supondría recuperar esa cuota de mercado que  están ha usurpando, seria necesario  realizar  acciones concretas para lograr ese especifico objetivo:

 

.- por un lado acciones  legales individualizadas sistematizadas, cuyo resultado jurisprudenciales puede ser variopinto, pues dependerá de las circunstancias y del tribunal local donde se vean los pleitos, pero este tipo de acciones  tiene garantizado, que de hacerse de una forma sistematizada, creara una psicosis entre los colectivos afectados, pues con independencia del resultado final de pleito, al mismo habrán tenido que acudir sus cliente para declarar  que era lo que este les hacia y cuanto le pagaban, etc. etc. , será crear una psicosis  similar a lo que paso con los Gestores Administrativos cuando perdieron el pleito de  la presentación de liquidaciones de Seguros  Sociales, que movió a que gran numero de miembros de este colectivo ha  sacarse el titulo de Graduado Social o  asociarse o contratara con un Graduado Social colegiado.

 

.- por otro mediante una campaña de información hacia los empresarios y publico en general, en donde se deben de resaltar los riegos y costes, desde errores de cotización hasta multas, que le pueden producir el utilizar para la elaboración sus nominas a individuos o profesionales no cualificados.

 

 

Y por ultimo es de resaltar que esta estrategia no tendrá éxito si no existe una voluntar colegial de ponerla en practica, lo que supone que no solamente debe de ser aceptada por la mayoría de los representantes de los Graduados Sociales  si no que además se debería de articular un órgano administrativo colegial especifico y plenipotenciario con el encargo de realizarla.

 

 

Para que esta estrategia funcione deben pues existir voluntad de acción  y medios de acción.

 

 

La intención y el desarrollo.-

 

Este trabajo esta realizado a modo de exposición de ideas sobre la realidad que he percibido como miembro del colectivo de Graduados Sociales y  en su desarrollo he intentado ceñirme al máximo a los datos objetivos.

 

Este trabajo no seria posible sin la colaboración de quienes me han proporcionado los documentos que uso y sin el apoyo de los miembros de la Junta directiva de la Asociación Nacional de Graduados Sociales Ejercientes.

 

Mi intención es aportar, junto a mi opinión personal, un punto de vista objetivo y unas propuestas de acción en base a una muy determinada estrategia.

 

No me compete a mí el desarrollo de estas propuestas, ni a la Asociación a la que pertenezco, aunque  estemos dispuestos a colaborar en lo que se nos pida.

 

La profesión de Graduado Social, no es atributo ni propiedad de nadie, por eso  el colectivo de individuos que la ejercen debería de ser capaces, en libertad, de poder  reflexionar y  decidir reaccionar para cambiar el futuro.

 

 

 

En Palma de Mallorca a  18 de Octubre del 2007

 

 

Eugenio de la Cruz Silva

Graduado Social

Coordinador General de la Asociación Nacional

“Graduados Sociales Ejercientes”

 correo@eugeniodelacruz.com